RESUMEN LEY ORGÁNICA DE OCUPACIÓN TERRITORIAL USO Y GESTIÓN DEL SUELO (LOOTUS)

LEY ORGÁNICA DE OCUPACIÓN TERRITORIAL USO Y GESTIÓN DEL SUELO (LOOTUS)



RESUMEN DEL CONTENIDO

Esta Ley tiene por objeto “fijar los principios y reglas generales que rigen el ejercicio de las competencias de ordenamiento territorial, uso y gestión del suelo urbano y rural, y su relación con otras que incidan significativamente sobre el territorio o lo ocupen para que se articulen eficazmente, promuevan el desarrollo equitativo y equilibrado del territorio y propicien el ejercicio del derecho a la ciudad, al hábitat seguro y saludable, y a la vivienda adecuada y digna, en cumplimiento de la función social y ambiental de la propiedad e impulsando un desarrollo urbano inclusivo e integrador para el Buen Vivir de las personas, en concordancia con las competencias de los diferentes niveles de gobierno”.

La LOOTUS contempla mecanismos y herramientas de planeamiento y gestión del suelo que buscan racionalizar el uso del suelo hacia ciudades equitativas, sustentables y de calidad; a su vez, permite a los Municipios la aplicación efectiva de sus competencias sobre el territorio en el marco de la ley y de sus Planes de Ordenamiento Territorial.

Además, esta ley también contempla mecanismos y herramientas que permiten regular la especulación en el mercado del suelo, la participación de la sociedad en los beneficios generados por la acción pública en las ciudades y el control de la legalidad y coherencia de todos los niveles del Estado que tengan acción sobre el suelo y el territorio.

Por otro lado, las herramientas para el financiamiento del desarrollo urbano que promueve la LOOTUS están basadas en el reparto equitativo del incremento del valor del suelo a través del manejo de los derechos sobre el cambio de uso de suelo y la edificabilidad que se concede a los predios y el control de la especulación.

La LOOTUS garantiza los derechos de las personas sobre el suelo –el derecho a un hábitat seguro y saludable; a una vivienda adecuada y digna; a la ciudad; a la participación ciudadana; y a la propiedad en todas sus formas—, procurando la efectividad de los derechos constitucionales de la ciudadanía.

Esta ley complementa al Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización -COOTAD- y al Código de Planificación y Finanzas Públicas, e instrumentaliza varios derechos y principios establecidos en la Constitución y la ley (el derecho a la ciudad y sus espacios públicos y la función social y ambiental de la propiedad y de la ciudad).

Finalmente, esta ley contempla cinco principios rectores y derechos orientadores del ordenamiento territorial y planeamiento del uso y gestión del suelo, dentro de los cuales se habla del derecho a la ciudad, la función pública del urbanismo, la distribución equitativa de las cargas y los beneficios; entre otros.


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